En España, la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que deben cumplir todos los coches y motos para garantizar que se encuentran en condiciones adecuadas de seguridad y medio ambiente. No obstante, a partir del año 2023, algunos vehículos estarán exentos de pasar esta revisión periódica.

Es por ello, que hemos decidido presentarte los coches que no tendrán que pasar la ITV en 2023 y te explicaremos el motivo de esta nueva normativa, así como las posibles implicaciones para los conductores y el sector automovilístico en general.

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¿De qué se trata la nueva normativa que hará que algunos coches ya no estén obligados a pasar la ITV?

Estos son los coches que no tendrán que pasar la ITV en 2023

Para garantizar la seguridad y el cumplimiento de las normativas medioambientales, la ITV es una obligación para todos los conductores que poseen un vehículo. La frecuencia con la que se debe pasar la revisión varía según la antigüedad del mismo, lo que significa que cuanto más viejo es el coche, más frecuentes son las revisiones necesarias.

Recientemente, la DGT ha propuesto realizar cambios en la normativa de la ITV para los vehículos considerados históricos. En cuanto a los turismos, el primer examen no es necesario hasta que han transcurrido cuatro años desde la matriculación. Después de los primeros cuatro años, se debe acudir a la ITV cada dos años hasta que el coche cumpla los 10 años, momento a partir del cual se debe realizar la revisión de forma anual.

Esta regulación ha generado descontento entre algunos conductores, quienes consideran que se trata de una forma recurrente de obtener ingresos por parte del gobierno.

¿Qué vehículos quedan exentos de tener que pasar por la ITV en 2023?

Este galardón se otorga a los vehículos que no están en uso constante. Asimismo, estos coches ahora gozarán de otra ventaja: estarán exentos de cumplir con las regulaciones medioambientales y, por lo tanto, podrán circular sin restricciones por las zonas de bajas emisiones. La implementación de este nuevo marco legal entró en vigencia el 2 de enero de 2023.

La idea detrás de esta medida es reconocer y recompensar a los vehículos que son utilizados de manera esporádica, aunque es importante establecer ciertos límites. De esta manera, se ha tomado en cuenta la antigüedad de los coches, y se ha decidido que los vehículos históricos, que suelen circular menos de veinte días al año, ya no estarán obligados a pasar la ITV periódicamente, a menos que sus propietarios consideren que es necesario hacerlo. Para poder acogerse a esta medida, el coche en cuestión debe haber sido matriculado antes del 1 de enero de 1950.

Los ciclomotores que son considerados históricos no tendrán que pasar la ITV, sin importar su fecha de fabricación, ya que anteriormente no estaban sujetos a matriculación. Respecto a los coches con motor que se consideran históricos y que fueron fabricados después de 1950, sí estarán obligados a someterse a la ITV, aunque con cierta flexibilidad:

  • Que tengan más de 45 años de antigüedad o motos: cada cuatro años
  • Que tengan más de 30 años de antigüedad: cada dos años

La ITV ya dejó de ser obligatoria para ciertos vehículos históricos

La reforma del Reglamento de Vehículos Históricos incluye cambios importantes, entre ellos la exención de ITV para los vehículos clasificados como históricos. Esta medida se empezó a aplicar exclusivamente a los coches que hayan sido fabricados o matriculados antes de 1950, así como a los ciclomotores y vehículos agrícolas. Aunque, si lo desean, sus propietarios podrán someterlos a inspección voluntaria.

Esta medida acerca a España a otros países como Reino Unido, Francia o Suecia, donde la ITV no es obligatoria para los vehículos históricos. Los coches que no cumplen con estas condiciones deberán tener la inspección en vigor y renovarla cada 2 o 4 años, según su antigüedad.

En caso de que un vehículo histórico requiera una inspección, se le eximirá de cumplir con las normas de seguridad y emisiones de la UE. Asimismo, las modificaciones mecánicas o estructurales solo se permitirán si se hicieron durante los 15 años posteriores a la fabricación del coche, o durante el periodo de fabricación del mismo. También se aceptará la instalación de piezas compatibles con las originales, si estas no están disponibles en el mercado.

¿Cómo conseguir que la clasificación de vehículo histórico en la DGT?

Actualmente, para lograr que un vehículo sea considerado histórico, se deben seguir los pasos que se detallan en la sección de matriculación correspondiente y obtener la documentación necesaria, la cual es bastante extensa. Adicionalmente, hay que realizar los trámites establecidos en el Código SIA. 202344.

Si tu objetivo es conseguir la clasificación de vehículo histórico y deseas evitar los trámites actuales que exige la Comunidad Autónoma, junto con los documentos que deben ser emitidos por un Laboratorio Oficial Acreditado, de acuerdo con la normativa actual, ahora que ya entró en vigor el nuevo reglamento, podrás hacerlo sin ningún problema. De esta manera, ahorrarás tiempo y dinero.

En sí, la exención de la ITV para los coches históricos y otros vehículos con más de 30 años de antigüedad, es un importante cambio en la normativa que regula la circulación de vehículos en España. Esta medida se enmarca en un contexto más amplio de fomento de la preservación y conservación del patrimonio automovilístico del país, así como de la adaptación a las normativas europeas sobre vehículos históricos.

Por un lado, esta exención de la ITV logró una importante reducción de los costes asociados al mantenimiento y circulación de los coches históricos, lo que puede incentivar a más propietarios a conservar y restaurarlos, contribuyendo así a la preservación del patrimonio cultural y tecnológico del país.

Por otro lado, es importante destacar que esta medida no implica una relajación de las normas de seguridad y medioambientales para los vehículos históricos. Si bien estos coches están exentos de las inspecciones técnicas, deberán seguir cumpliendo con las normas de seguridad y emisiones aplicables a su fecha de fabricación o matriculación.


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