Sí es posible conducir con vision reducida aunque con requisitos, se puede conducir con un solo ojo en España si se trata de un permiso del grupo 1 (turismo o moto), el ojo que funciona tiene una agudeza de 0,5 o más y han pasado al menos seis meses de adaptación. Hay que superarlo en un centro de reconocimiento autorizado.
La visión monocular se define cuando el ojo peor no llega a 0,10, con o sin gafas. El grupo 2 (camión y autobús) no admite esa condición. El carnet puede llevar restricciones y un plazo de vigencia más corto.
¿Qué exige el psicotécnico en visión monocular?
El reconocimiento mide la agudeza del ojo útil, el campo visual horizontal (como mínimo 120 grados) y el resto de capacidades que pide el Reglamento General de Conductores. Si usas gafas o lentillas para llegar al 0,5, esa corrección queda anotada en el permiso.
El centro emite un informe de apto, apto con restricciones o no apto. Sin ese informe no puedes obtener ni prorrogar el permiso. El médico puede pedir un informe oftalmológico extra si hay una enfermedad ocular progresiva.
Requisitos del grupo 1
Estos umbrales salen del anexo de aptitudes psicofísicas del Reglamento General de Conductores. Son la referencia que usan los centros de reconocimiento para autorizar o denegar la conducción con visión monocular en turismos y motos.
Agudeza de 0,5 o más en el ojo útil
Al menos seis meses de adaptación
Campo visual horizontal de 120 grados
Informe de un centro autorizado
Grupo 2 no admite visión monocular
¿Se puede renovar un permiso profesional?
Para no considerarse visión monocular en el grupo 2 hace falta, como mínimo, 0,8 en el ojo mejor y 0,1 en el peor. Si no llegas a esos valores, no puedes obtener ni prorrogar camión o autobús. Las lentes, si hacen falta, no pueden superar las 8 dioptrías.
Quien ya tenía un permiso profesional y pierde visión en un ojo suele quedar limitado al grupo 1, siempre que cumpla el 0,5 y el periodo de adaptación. La decisión la fija el reconocimiento, no una declaración del interesado.
Turismo y moto: sí, con condiciones
En el grupo 1 la visión monocular está prevista en la norma. Si el ojo sano llega a 0,5, el campo visual es suficiente y han pasado seis meses, puedes obtener o renovar el permiso B o el de moto con las restricciones que marque el médico.
Camión y autobús: no se admite
El grupo 2 exige visión binocular con umbrales más altos. Quien se queda con un solo ojo no puede renovar C ni D. El centro lo hará constar y el permiso profesional pierde vigencia en esa parte.
Enfermedad progresiva: plazo más corto
Si la agudeza está justa o hay una patología que puede empeorar, el médico acorta la vigencia. En lugar de diez o cinco años, el carnet puede caducar al año o a los dos, con un nuevo reconocimiento antes de seguir conduciendo.
¿Qué adaptaciones pide el carnet?
La normativa prevé espejo retrovisor exterior a ambos lados y un espejo interior panorámico o adaptado. Esas códigos de restricción se imprimen en el permiso. Conducir sin ellas, si constan, es circular al margen de las condiciones del carnet.
También es habitual la obligación de usar la corrección óptica anotada. El carnet de conducir digital de miDGT muestra esas restricciones igual que el plástico. Llevarlo en el móvil no sustituye el cumplimiento de los códigos.
Con un solo ojo se puede conducir un turismo si el ojo útil llega a 0,5 y hay seis meses de adaptación, pero el grupo profesional no lo admite y el permiso suele llevar espejos extra y vigencias más cortas.
¿Cada cuánto hay que pasar reconocimiento?
Si no hay patología añadida, el grupo 1 se renueva cada diez años hasta los 65 y cada cinco después. Con visión monocular el médico suele acortar ese plazo. Quien ya tiene más edad o otras limitaciones encaja en el mismo circuito de renovar el carnet de conducir con reconocimiento previo.
El coste del centro y la tasa de la DGT no cambian de naturaleza: pagas el psicotécnico y la tasa 4.3, más baja si la vigencia médica es corta. Mayores de 70 años tienen la tasa de renovación gratuita, no el reconocimiento.
Grupo 1 o grupo 2
Turismo y moto
Visión monocular sí permitida aquí
Ojo útil de 0,5 o más
Al menos seis meses de adaptación
Espejos extra en el permiso
En el grupo 1 la norma prevé conducir con un solo ojo si se cumple el umbral de 0,5, el campo visual y el periodo de adaptación. El permiso puede llevar restricciones y una vigencia más corta fijada por el médico.
Camión y autobús
Visión monocular vetada en este grupo
Mínimo 0,8 y 0,1 en cada ojo
No basta con un solo ojo
El profesional no se prorroga
En el grupo 2 no hay encaje para la visión monocular. Quien pierde un ojo no puede renovar camión ni autobús, aunque siga siendo apto para un turismo si supera el reconocimiento del grupo 1.
¿Qué pasa si la pérdida de visión es reciente?
Si has perdido visión de forma brusca, la norma pide seis meses sin conducir para adaptarte al campo monocular, con informe oftalmológico favorable. Circular en ese periodo, aunque el carnet antiguo siga en vigor, es una imprudencia y puede chocar con las condiciones de aptitud.
Cuando el centro te da el apto, te entregan un permiso provisional mientras llega el definitivo. Se puede conducir con un solo ojo, sí, pero solo con ese apto, con los espejos que marque el código y respetando el plazo de adaptación.
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