El renting permite a los autónomos deducir las cuotas mensuales como gasto profesional en IRPF y deducirse entre el 50 % y el 100 % del IVA soportado, siempre que se use el vehículo para la actividad económica.
Deducción en IRPF: ¿cuánto puedes ahorrar?
Las cuotas del renting se consideran un gasto deducible en el IRPF, reduciendo la base imponible del autónomo. Si el coche se usa exclusivamente para la actividad profesional, puedes deducir el 100 % del importe mensual, extendiendo el ahorro fiscal.
- Uso 100 % profesional → IVA deducible al 100 %
- Uso mixto (personal + profesional) → normalmente IVA deducible al 50 %
- Requiere justificantes de uso y registro fiscal
- Es necesario conservar facturas y recibos
- Puede ser objeto de inspección fiscal
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CITROËN C3 TURBO 100 BUSINESS


RENAULT CLIO DCi Evolution


Renault Captur Evolution ECO-G


Cuota mensual fija y sin endeudamiento bancario
Ventajas contables y financieras
Con una cuota mensual cerrada que incluye seguro, mantenimiento, impuesto y asistencia, el renting evita desembolsos iniciales y no aparece en CIRBE, preservando tu capacidad de financiación a futuro.
- No hay entrada previa
- Vehículo renovable cada pocos años
- Incluye ITV y revisiones periódicas
- Vehículo de sustitución en averías
- Mejor imagen profesional
Fiscalidad: Renting vs Compra/Leasing para autónomos
Renting
Cuota mensual deducible al 100 % en IRPF
IVA deducible entre 50 % y 100 % según uso
Sin amortización contable
Sin endeudamiento
Incluye todos los servicios
Compra/Leasing
Vehículo en propiedad (leasing se amortiza)
IVA no siempre deducible
Amortización contable obligatoria
Crédito bancario y compromiso largo
Los servicios adicionales suelen tener coste extra